Si algo caracteriza al movimiento sindical boliviano es la defensa del pasado. Como dijo Dina Feller, coordinadora internacional de la red sindical Latam ITF, “en pleno siglo XXI defienden al siglo XX”. Quizá pensando en que todo tiempo pasado fue mejor.
Esta política de otorgar protección a los trabajadores empieza en el siglo XX pues en octubre de 1905 se regula el trabajo de los niños y mujeres en las fábricas y talleres. El 4 de enero de 1916, mediante ley se establece la jornada laboral de 8 horas para los trabajadores de las fábricas y talleres, y mediante Ley de 15 de mayo de 1931 se regula el trabajo de los mineros y se establece la jornada laboral de seis horas para los trabajadores subterráneos.
También se procede a crear la seguridad social mediante el Decreto de 15 de noviembre de 1936 y, finalmente, todos estos avances se consolidan en la Ley General de Trabajo de 1942.
Estas normas laborales sentaron las bases para la legislación laboral actual en Bolivia, pero ahora nadie puede tocarlas, parecen ser escritas en piedra.
Hace menos de 15 días, en la ciudad de Santa Cruz se realizó un taller con organizaciones sindicales auspiciada por la Fundación Friederich Ebert (FES), llamada Democracia sindical y futuro del trabajo, en el contexto de la modernización laboral, y participaron algunas centrales obreras departamentales (Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz).
El objetivo era fortalecer las capacidades estratégicas, políticas y organizativas de las centrales obreras departamentales de Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz para incidir en los debates y agendas sobre democracia sindical, futuro del trabajo y transformación social, desde una perspectiva nacional, regional e internacionalista.
Cuando se tocó el tema de la modernización de la Ley General del Trabajo, la discusión se centró básicamente al calor de lo que ocurrió en la Argentina con la Ley laboral de Milei, que puso en máxima alerta a todas las organizaciones de trabajadores bolivianos.
Sin necesidad de la nueva norma argentina, las organizaciones de trabajadores ya cerraron filas en torno a cualquier intento de modificar nuestra Ley General del Trabajo, ahora con el ejemplo argentino prácticamente consolidaron su actitud de no permitir modificaciones a la vetusta ley del trabajo.
Entre los presentes en el evento mencionado hubo un comentario que llamó la atención, se señaló que todas las organizaciones sindicales están prohibidas de opinar, proponer modificaciones legislativas sobre la ley, esto se determinó en el Comité Ejecutivo a la cabeza de Huarachi.
Con esta determinación convirtieron a la Central Obrera Boliviana en el único interlocutor en materia de reforma laboral, a no ser que este nuevo comité ejecutivo cambie de parecer aunque lo dudo mucho.
Una de las características del sindicalismo boliviano, que no ha sido modificada, es su férrea disciplina, lo que se determina en un congreso ampliado o resolución del comité ejecutivo nacional las organizaciones sindicales lo acatan firmemente.
Como dije en un anterior artículo, la reforma de la legislación laboral no sólo le compete a los trabajadores activos y sus organizaciones; se tiene que incluir a las organizaciones que no están afiliadas a la COB (gremiales, campesinos) que quieren una nueva norma que les permita a ellos y a sus hijos acceder a un puesto de trabajo con protección laboral y de seguridad social.
Por ello se debe recurrir al diálogo social y no sólo al tripartismo para encarar una reforma del principal mercado, el mercado de trabajo.
Se tiene que consensuar los límites máximos y mínimos que se tienen que respetar, por ejemplo jornada laboral, indemnización, etcétera.
Rodolfo Eróstegui es experto en temas laborales.