En Bolivia, reafiliar a jóvenes mayores de 19 años al seguro de salud familiar es un proceso burocrático y costoso, con requisitos excesivos y oficinas mal coordinadas. A diferencia de otros países, el sistema boliviano dificulta el acceso a un derecho básico.
Brújula Digital|30|04|25|
Mirna Quezada Siles
En Bolivia, cuando un joven cumple 19 años ya no tiene continuidad en el seguro de salud familiar. A pesar de seguir siendo estudiante y depender económicamente de sus padres, el acceso de nuevo a un centro médico se convierte en una pesadilla burocrática. Esta situación es común en todo el país y afecta a las instituciones de la seguridad social de corto plazo, como la Caja Bancaria Estatal de Salud (CBES), el Seguro Social Universitario (SSU) y la Caja Nacional de Salud (CNS), que imponen una serie de requisitos cada vez más costosos.
Lejos de simplificar esta problemática, el gobierno del MAS creó la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS) mediante el Decreto Supremo N° 3561 del 16 de mayo de 2018, generando mayor burocracia y nuevos gastos. Con la Resolución Administrativa ASSUS N° 065/2018, se aprobó un reglamento que establece procedimientos rígidos para la reafiliación de los hijos que superan los 19 años. Aunque esta reafiliación permite extender el acceso a los servicios médicos hasta los 25 años, los trámites son semestrales y complicados.
Uno de los primeros requisitos es la presentación de un formulario para la incorporación del beneficiario. En la CBES, se trata del formulario DS-07 “Aviso de alta y bajas de beneficiarios” que debe llenarse en la página web del seguro e imprimir tres ejemplares; en la CNS existe el AVC-04; y en el SSU, un Formulario de Inserción de Beneficiarios. Aunque cumplen funciones similares, cada uno tiene su propio formato, lo que significa que no se puede reutilizar entre instituciones.
Luego está la certificación de no afiliación a otro seguro de salud, un documento que debe imprimirse y hacer sellar para demostrar que el o la joven no está registrado(a) en ningún otro ente asegurador. Esto implica acudir a otras instituciones que a menudo están ubicadas lejos unas de otras y hacer largas filas, sólo para confirmar una ausencia de cobertura que fácilmente podría verificarse entre sistemas integrados, si existieran.
También se exige una fotocopia del carnet del asegurado titular o –en su defecto– el formulario de afiliación anterior. A esto se suma el certificado de nacimiento actualizado del o la joven, que debe tramitarse en el Servicio de Registro Cívico (SERECI) con un costo adicional o en cualquier oficina de Registro Civil donde se cobra Bs 50 por título. Lamentablemente, no se aceptan copias antiguas, aunque los datos no hayan cambiado, lo que añade una carga económica.
La fotocopia del carnet de identidad vigente es otro requerimiento que sumado al resto, empieza a formar una montaña de trámites tediosos. Además, se debe entregar una fotocopia de la última boleta de pago del titular obligatoria que si se trata de un trabajador activo, lo obliga a depender del área de recursos humanos del empleador o de la plataforma virtual -cuando funciona- para obtener el documento a tiempo.
Por otra parte, se requiere un certificado de alumno regular, que debe ser emitido por la universidad, establecimiento educativo o instituto (legalmente autorizado por el Ministerio de Educación) donde él o la joven estudia. Esta certificación tiene una validez limitada y en muchos casos debe renovarse cada seis meses, lo que implica pagos semestrales.
Uno de los documentos más burocráticos es el estado de cuenta individual de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo o un certificado de no aporte. Este escrito prueba que el joven no está trabajando formalmente, pero también representa otro trámite con espera e inversión de tiempo porque el interesado en obtener el carnet de asegurado, debe ir en persona a esa entidad.
El proceso se vuelve aún más complicado con la exigencia de un certificado de no existencia de partida de matrimonio, emitido por el SERECI y con un costo que varía según el departamento. En teoría, sirve para verificar que el joven no tiene una familia propia, pero es difícil entender por qué no basta con el estado civil que figura en su cédula de identidad.
En muchos casos, también se requiere una declaración notariada de no convivencia o no concubinato, como si el Estado necesitara confirmar con testigos y notarías que el joven no tiene pareja estable. Esto implica gastos adicionales ante notarios que, en algunas ciudades, cobran entre 50 y 100 bolivianos por el servicio.
A todo esto se suma el requerimiento de una fotografía actual de 3x3 cm con fondo plomo, un detalle menor, pero que sigue hablando de un sistema que no ha dado el salto a lo digital. Y por si todo esto no fuera suficiente, se debe hacer un depósito bancario de 15 bolivianos al Banco Unión, cuyo propósito nunca es del todo claro, pero que se suma al total de costos.
A lo largo del proceso, las personas deben enfrentarse no sólo a la complejidad del papeleo, sino también a la falta de empatía del personal. Es frecuente encontrar oficinas llenas desde la madrugada, funcionarios que atienden de mal humor o que dan respuestas poco claras, ni hablar de los tiempos de espera que pueden extenderse por horas.
Este es el recorrido obligatorio para que un joven, que simplemente ha cumplido 19 años, pueda seguir teniendo derecho a la salud a través del seguro de sus padres. Un trámite que podría resolverse con dos o tres pasos sencillos, se transforma en una cadena de gestiones dispersas, mal coordinadas, sin herramientas digitales que las integren y con una carga emocional, económica y de tiempo para las familias.
Mientras tanto, en otros países el sistema funciona de forma sencilla. En Argentina, los hijos pueden permanecer en la cobertura de la obra social o prepaga de sus padres generalmente hasta los 21 años y hasta los 25 años si presentan constancia de estudios regulares, según la Superintendencia de Servicios de Salud.
En España, los jóvenes pueden estar cubiertos por el seguro familiar mientras sean dependientes económicamente y menores de 26 años, aunque la edad y condiciones pueden variar según la situación familiar y laboral.
En Estados Unidos, la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (Obamacare) permite que los hijos permanezcan en el seguro médico de sus padres hasta los 26 años, sin necesidad de trámites complejos más allá de la actualización de datos, como se señala en el sitio oficial HealthCare.gov.
En Chile, la afiliación y mantención de beneficiarios en el seguro de salud, tanto en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) como en las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), puede realizarse en línea y de forma automatizada, permitiendo validar requisitos a través de plataformas estatales, lo que facilita el proceso.
En países como Colombia, los hijos pueden permanecer en el seguro de salud familiar hasta los 25 años si son estudiantes y dependen económicamente de sus padres, requiriendo la presentación de una constancia de estudios y una declaración de dependencia económica, según el Ministerio de Salud y Protección Social.
En Francia, los hijos pueden permanecer como beneficiarios del seguro de salud de sus padres hasta los 20 años, o más si son estudiantes, con trámites administrativos mínimos, según la Assurance Maladie.
Como se puede advertir la tendencia en la mayoría de países es permitir la permanencia de los jóvenes en el seguro familiar hasta los 25 o 26 años si estudian, con trámites mínimos, a diferencia de Bolivia donde el proceso no facilita nada a los asegurados porque la salud no debería depender de trámites interminables, declaraciones notariales ni certificados innecesarios.
Bolivia precisa con urgencia una reforma que simplifique el proceso, digitalice los registros y priorice la protección de derechos sobre la burocracia porque si afiliar a un hijo mayor de 19 años se siente como una penitencia, entonces algo está profundamente mal en el sistema.
Mirna Quezada Siles es comunicadora social.