La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó con más de dos tercios el Decreto Presidencial N.º 5460 que otorga un indulto a personas privadas de libertad con condenas menores o iguales a 15 años, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la norma.
Brújula Digital|16|10|25|
La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó con más de dos tercios el Decreto Presidencial N.º 5460 que otorga un indulto a personas privadas de libertad con condenas menores o iguales a 15 años, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la norma.
El decreto, promulgado el 22 de septiembre, busca aliviar la sobrepoblación en las cárceles del país —donde más del 67% de los reclusos se encuentra con detención preventiva— y promover la reinserción social de quienes cumplan parte de su pena.
Según la disposición, podrán beneficiarse:
El decreto excluye a personas condenadas por delitos graves, entre ellos feminicidio, asesinato, violación, trata y tráfico de personas, corrupción, terrorismo, genocidio y tráfico de drogas con penas mayores a 10 años. Tampoco aplica a reincidentes, ni a quienes ya fueron beneficiados con indulto o amnistía en los últimos cinco años.
Con la aprobación de la Asamblea, el indulto presidencial entra en vigor de inmediato, permitiendo al Ministerio de Gobierno y al Órgano Judicial iniciar la revisión de casos para determinar quiénes podrán acceder a este beneficio.
BD/RED