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Política | 08/09/2020

Hoy vence la solicitud de rehabilitación de electores y depuración de fallecidos

Hoy vence la solicitud de rehabilitación de electores y depuración de fallecidos

Brújula Digital |08|09|20|

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que este martes vence el plazo para presentar las solicitudes de rehabilitación, en el padrón electoral, de personas que no participaron en los últimos dos procesos electorales, también vence en el curso de la presente jornada la depuración de personas fallecidas en el registro nacional.

Las personas inhabilitadas por no haber participado en dos procesos electorales o por algún error en su registro, pueden solicitar su rehabilitación en el Padrón Electoral a través del correo electrónico reclamos.2020@oep.org.bo, en el portal https://www.oep.org.bo, la aplicación Yo Participo, o en las oficinas de los Tribunales Electorales Departamentales y en los Servicios de Registro Cívico (Sereci).

Para los ciudadanos en Bolivia, los dos últimos procesos electorales que se consideran para la inhabilitación por no votar son el Referendo Constitucional de 2016 y la elección de Autoridades Judiciales de 2017. Para el exterior, son la elección presidencial 2014 y el Referendo Constitucional de 2016.

“Para los ciudadanos en Bolivia, los dos últimos procesos electorales que se consideran para la inhabilitación por no votar son el Referendo Constitucional de 2016 y la elección de Autoridades Judiciales de 2017. Para el exterior, son la elección presidencial 2014 y el Referendo Constitucional de 2016”, precisa el TSE, a través de una nota de prensa.

Este martes también  se cumple el plazo para la presentación de las declaraciones juradas para la depuración en el padrón de un familiar fallecido. A través de la declaración jurada se acredita el grado de parentesco del solicitante con la persona difunta y puede ser enviada al correo electrónico declaración.jurada@oep.org.bo o ser presentada en las oficinas regionales u oficialías de registro civil en el área rural.

El solicitante debe: estar registrado en el Padrón Electoral Biométrico; contar con cédula de identidad original; tener grado de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo en afinidad; verificar en el Padrón Electoral Biométrico el registro de su familiar difunto (en caso de ser posible); adjuntar copia de la cédula de identidad o libreta de servicio militar o RUN o pasaporte u otro documento que acredite la identidad del familiar difunto.

El TSE anuncia que el 10 de septiembre, los Tribunales Electorales Departamentales emitirán resoluciones sobre las solicitudes de rehabilitación de la ciudadanía.



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