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Política | 02/09/2021

Gobierno endurece castigo para funcionarios que filtren "noticias" declaradas en "reserva"

Gobierno endurece castigo para funcionarios que filtren "noticias" declaradas en "reserva"

Gobierno endurece castigo para funcionarios que filtren "noticias" declaradas en "reserva". Foto: Correo del Sur

Brújula Digital |02|09|2021|

Los funcionarios públicos que revelen "noticias" consideradas como "reservadas" podrán afrontar una pena de hasta cuatro años de cárcel y la inhabilitación para trabajar en instituciones del Estado.

La medida está incluida en la Ley 1390 de "Fortalecimiento para la lucha contra la corrupción" promulgada recientemente por el presidente Luis Arce Catacora que tiene por objeto fortalecer los mecanismos y procedimientos establecidos en la ley de Lucha contra la Corrupción "Marcelo Quiroga Santa Cruz", el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal.

Uno de los artículos modificados del Código Penal es el 225 que hace referencia al delito de "Infidencia económica" y señala que "la servidora, servidor, empleada o empleado público de una institución o empresa estatal que, en razón de su cargo o función se halle en posesión de datos o noticias que deba guardar en reserva, relativos a la política económica interna o externa, inversiones o proyectos del Estado Plurinacional de Bolivia y los revelara, en beneficio propio o de un tercero, causando daño económico al Estado, será sancionado con privación de libertad de dos (2) a cuatro (4) años e inhabilitación".

El Código Penal ya incluía esta figura legal pero la sanción preveía una pena de cárcel de hasta tres años.

Además ahora se reforzó la figura conocida como "inhabilitación especial" que en el Código Penal estaba catalogada como "la pérdida de mandato, cargo, empleo o comisión públicos" y "la incapacidad para obtener mandatos, cargos, empleos o comisiones públicas, por elección popular o nombramiento".

Ahora con la ley promulgada recientemente se indica que "la sanción de inhabilitación consiste en privar a la persona condenada de ejercer o acceder a empleo, oficio, profesión o servicio público, de cuyo ejercicio u ocasión se abusó para la comisión del hecho".

Asimismo se indica que en los delitos de corrupción y vinculados, cometidos por servidora o servidor, empleada o empleado público en el ejercicio de sus funciones, se aplicará la inhabilitación después del cumplimiento de la pena principal.

"La inhabilitación dispuesta no será menor a seis (6) meses ni mayor a diez (10) años, fijándose la cantidad en función a la culpabilidad" detalla la norma.

BD/JCV



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