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Política | 06/03/2021

Enfermos y aislados por Covid solicitarán certificado de impedimento y mayores de 60 años no lo necesitan

Enfermos y aislados por Covid solicitarán certificado de impedimento y mayores de 60 años no lo necesitan

Brújula Digital |07|03|21|

Personas enfermas con Covid-19 y aislados no podrán asistir a las mesas de votación este domingo, debido a los cuidados especiales que deben tener, sin embargo, podrán obtener el certificado de impedimento presentando el certificado médico. El Órgano Electoral también determinó que de manera excepcional los mayores de 60 años no estén obligados a presentar certificado de sufragio para realizar sus trámites respectivos.

“Siempre respaldado con un certificado médico que justifique (su condición) como no puede tramitarle personalmente lo puede hacer mediante otra persona”, informó en radio Fides la facilitadora del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Potosí, Beatriz Valverde.

Explicó que los ciudadanos enfermos cuentan con un plazo de 30 días para tramitar su certificado de impedimento.

El Ministerio de Salud informó este viernes de 937 de nuevos contagios de coronavirus, con los cuales el acumulado nacional es de 253.297 contagios. El registro de casos por departamento es el siguiente: 298 en Santa Cruz, 255 en La Paz, 113 en Tarija, 77 en Cochabamba, 74 en Oruro, 52 en Potosí, 50 en Chuquisaca, 10 en Beni, y 8 en Pando.

Durante la jornada el viernes se registraron 28 decesos, las víctimas fatales eran residentes de: Santa Cruz 9, La Paz 7, Cochabamba 4, Tarija 4, Oruro 2, Chuquisaca 1 y Potosí 1. El acumulado hasta el viernes alcanza a 11.789 desde el pasado 11 de marzo de 2020.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) liberó de manera excepcional a los mayores de 60 años de edad la presentación del certificado de sufragio. “Disponer excepcionalmente para las Elecciones Subnacionales 2021 que las personas adultas mayores desde los 60 años queden exentas del cumplimiento de la presentación del certificado de sufragio, certificado de impedimento o del pago de la multa correspondiente, en los casos señalados en el artículo 154 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral”, dice la resolución del TSE difundida por el vocal Francisco Vargas.

También dispuso remitir su resolución a la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI), a la Dirección Nacional de Migración y al sistema de administración pública del Estado, para su cumplimiento.

La Ley de Régimen Electoral dispone que por tres meses después de la elección se deba exigir el certificado de sufragio para acceder a cargos públicos, trámites bancarios y obtener pasaporte. Usualmente mayores de 70 años eran exonerados de esa obligación, pero por estas elecciones el beneficio se amplía a mayores de 60 años. 



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