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Un sondeo de opinión realizado por Brújula Digital a través de sus redes sociales muestra un respaldo casi unánime de la ciudadanía a la idea de que los candidatos a las elecciones subnacionales que actualmente ejercen un cargo público deben renunciar antes de postular.
En la consulta planteada ¿Cree que los candidatos a las elecciones subnacionales que actualmente tienen un cargo público deben renunciar? En Facebook, el 100 % de los participantes respondió que sí, mientras que en Twitter el 98,6 % se manifestó a favor de la renuncia y solo un 1,4 % se mostró en contra.
No obstante, la ley vigente establece diferencias claras entre autoridades electas y funcionarios no electos. De acuerdo con la Constitución Política del Estado (CPE), no están obligadas a renunciar para postular en un proceso electoral las autoridades que fueron elegidas por voto popular, como el presidente, vicepresidente, diputados, senadores, gobernadores, alcaldes, concejales y asambleístas departamentales.
El artículo 238 de la CPE exceptúa expresamente de la renuncia al presidente y vicepresidente, mientras que la Sentencia Constitucional 032/2019 amplió este criterio a todas las autoridades electas, permitiéndoles ser candidatas sin dejar sus cargos de manera anticipada. Esta interpretación se sustenta en el artículo 256 de la CPE, que prioriza la aplicación de tratados internacionales de derechos humanos cuando estos resultan más favorables, en este caso el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, referido a los derechos políticos.
Sin embargo, esta excepción no alcanza a las autoridades no electas, es decir, a los funcionarios públicos de designación. En su caso, la normativa es clara: deben renunciar a sus cargos al menos 90 días antes de la elección.
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