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01/01/2023
La madriguera del tlacuache

Duras penas que se pagan con duras penas

Daniela Murialdo
Daniela Murialdo

“Haremos todo lo posible para que el culpable pase muchos años encerrado” decía entre sollozos el padre del ciclista Gonzalo Frías al entrar a su velorio. El deportista recorría en bicicleta –el pasado día de Navidad- la carrera Warnes-Santa Cruz cuando fue arrollado por un conductor que, según testigos, se encontraba en estado de ebriedad. Ese padre que llegaba desde España para cremar a su hijo y llevarse las cenizas, pedía que se aplicara la ley lo más duro posible.

“Lo más duro posible” en Bolivia (para ese delito) no supera los ochos años de cárcel. Considerado un homicidio culposo, la muerte por accidente de tránsito se agrava unos años si se comete bajo los efectos del alcohol.

Esta tragedia -empalmada a algunas columnas de opinión recientemente publicadas en Página Siete- me trajo de vuelta otra tragedia: el fallecimiento de Andrea Aramayo ocurrido en 2015. Andrea fue atropellada por William Kushner, quien en ese momento se hallaba en estado de ebriedad. Andrea, como Frías, dejó a una hija pequeña huérfana. 

Aunque no es posible medir el dolor de ninguna muerte, la de Andrea parece haber causado mayor conmoción. Como si todos los paceños hubiésemos estado en la escena aquella noche, en la que por una calle sopocacheña corrieron alcohol, discusiones y mucha confusión, nos adueñamos de distintas verdades, pero solo una de ellas vio la luz. “Se había producido un feminicidio”.

Pese a que hablo de dos sucesos similares con consecuencias igualmente desdichadas, el tratamiento ha sido completamente distinto y los elementos de cada caso claramente diferenciados: Gonzalo Frías era hombre, murió mientras practicaba un noble deporte, y quien lo atropelló no tenía vínculo alguno con él. El culpable, qué duda cabe, lo era por homicidio en accidente de tránsito.

La muerte de Andrea abrió un vórtice del que aún no logramos salir como sociedad. Tan dados a los apasionamientos y tan proclives al escarnio, calificamos el hecho desde nuestras filias y fobias (la mayoría ni siquiera conocimos a la víctima, ni conocemos al causante). Los fiscales y jueces en Bolivia no están para hacer justicia, de modo que nos toca a la prensa o a los vecinos impartirla desde nuestras cargadas visiones (“Él, un blanco privilegiado ejerciendo su dominación machista”. “Ella, una loca posesiva que no lo dejaba en paz”…).

La parte del jurado ciudadano con mayor poder entre nosotros tipificó el accidente como feminicidio (“Se sancionará con la pena de presidio de treinta años sin derecho a indulto, a quien mate a una mujer en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. El autor sea o haya sido cónyuge de la víctima, esté o haya estado ligado a esta por una análoga relación de afectividad o intimidad, aun sin convivencia;…”) y le regaló al fiscal la norma que más servía al movimiento.

Como el fin del Derecho no siempre es la justicia (la ley puede tan solo buscar orden, o el bienestar de un grupo aun en desmedro de otro) esta vez una norma legal intenta la reparación de un daño histórico y persistente, a través de un pago colectivo. Se coloca a todos los hombres en el paredón como si aquello compensara el sufrimiento de tantas mujeres -o sus familiares- por las persecuciones, las violaciones o los asesinatos de verdaderos criminales.

Entonces lo mismo da que un hombre violento tome un cuchillo, camine diez cuadras, patee la puerta de la casa del novio de su exmujer y entre para matarla a puñaladas; que un hombre de bien esté saliendo de su garaje en retro con su automóvil, sin advertir que su amada esposa está botando la basura a tres metros para terminar debajo de las ruedas y morir. Ese hombre brutal y ese cariñoso esposo terminarán en la misma celda y por los mismos treinta años; al menos eso se traduce de la ley, que trabajada sobre una mala técnica legislativa, no incorporó ni la culpa ni el dolo (cometer un delito con conocimiento y voluntad) como variables necesarias en la búsqueda de la proporción de la pena.

Nunca descifraremos qué pasó esa noche en la que Andrea perdió la vida. Pero todo apunta a que William Kushner no planificó matarla (“él trata de zafarse de la aparente discusión que se inició dentro del bar y sale corriendo”). Por las declaraciones públicas de su exesposa y de una expareja (exministra de Estado, aunque eso no le dé más fuerza a su testimonio); no se deduce que él quisiera asesinarla (otra vez el bendito dolo…).

Cualquier examen carece de relevancia. El feminicidio se configura muy rápidamente sin necesidad de mucha prueba: a) que el autor sea hombre; b) que la víctima sea mujer; c) que hayan tenido alguna relación de afectividad o intimidad. Si los hechos hubiesen sucedido a la inversa, ella ya habría cumplido su condena agravada. O si la víctima hubiese sido de sexo masculino el culpable habría corrido la misma suerte que el chofer que arrolló recientemente al ciclista, cuyo nombre ni interesa.

Kushner cometió un crimen tipificado en tiempos del #MeToo, en los que importan los resultados más que las intenciones (o la falta de ellas), y ahí no hay vuelta. Un proceso investigativo honesto no le habría restado un ápice de tristeza a la desgracia, ni hubiese acabado con la pena atroz de la familia de Andrea Aramayo, sí tal vez, se habría eludido la utilización desmedida de una sanción, por un delito que pudo ser otro.

Cuando William Kushner salga de la cárcel –dentro de buen tiempo-, no volverá a acercarse a una mujer. Pero quizás, como el Conde de Montecristo, ya esté preparando una venganza contra algunos legisladores, que no saben de distingos ni del principio de la proporcionalidad. 

Daniela Murialdo es abogada y escritora



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