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Economía | 11/11/2021

Vocal Atahuachi invoca reformas a la ley de minería y consulta previa para explotar recursos naturales

Vocal Atahuachi invoca reformas a la ley de minería y consulta previa para explotar recursos naturales

Vocal Atahuachi invoca reformas la ley de minería y consulta previa para explotar recursos naturales. Foto: Brújula Digital

Brújula Digital |11|11|2021|

El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Daniel Atahuachi, invocó la necesidad de hacer reformas a la ley de minería y consulta previa, que regulan la otorgación o extinción de derechos para la explotación de minerales y recursos naturales en el Estado que están en propiedad de los pueblos indígenas, originarios y campesinos (PIOC).

La autoridad electoral planteó el desafío al Gobierno y la Asamblea Legislativa Plurinacional en un evento internacional que abrió el TSE bajo el rótulo de “Consulta Previa como desafío democrático” con apoyo de la Fundación Konrad-Adenauer-Stiftung destinado a evaluar cómo está, qué avances tiene y, los resultados que dejó, hasta ahora, la disposición constitucional que cumplió este año, 30 años de vigencia en el país.

La posición de Atahuachi fue secundada por el representante de la Konrad-Adenauer, Georg Dufner, que admitió que la Consulta Previa, retrocedió en los últimos años en Bolivia y América Latina, con la pandemia del coronavirus.

“En los últimos años hemos visto debajo de la pandemia algunos retrocesos en la consulta previa en la región. No (lograron cumplirse los) estándares de la consulta previa (por lo que es necesario que) hagamos un asesoramiento honesto y sobrio”, dijo Dufner.

En este sentido dijo que “es muy importante ver el panorama Latinoamericano, observar los avances y retrocesos (y evaluar la) situación boliviana”.

La Ley de Minería No. 535 en su artículo 207. (Derechos y Alcances), regula cómo se realiza la consulta previa y los efectos que tiene para los PIOC en el país.

En este sentido el numeral 15 del artículo 30 y artículo 403 de la Constitución Política del Estado, respectivamente, establecen que la consulta previa garantiza el derecho que tienen las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y pueblo afroboliviano, de acceso a información cuando exista una solicitud para la suscripción de un contrato administrativo minero susceptible de afectar directamente derechos colectivos.

La norma en los hechos es flexible y hasta restringe derechos que tienen los PIOC, cuando dispone, por ejemplo, que las operaciones mineras que comprendan prospección y exploración no requieren de la consulta previa; y tampoco están sujetos al procedimiento constitucional cuando se trate de la existencia de derechos pre-constituidos o derechos adquiridos, según corresponda si los contratos administrativos mineros están en fase de adecuación y, los contratos son de arrendamiento o riesgo compartido.

Frente a está realidad Atahuachi declaró que “es necesario” hacer cambios a la Ley de Minería.

Adelantó que como Órgano Electoral Plurinacional (OEP) “no (tienen impedimento para) plantear proyectos a la Asamblea Legislativa para que pueda debatirse este aspecto (porque) hoy es necesario”, recalcó.

La posición del vocal fue incluso más lejos. Puso en entredicho los alcances y efectos que tiene la consulta previa para el OEP y los pueblos indígenas, originarios y campesinos, cuando por mandato constitucional, está obligado a acompañar a instituciones del Estado, como la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), para otorgar o extinguir, por ejemplo, derechos mineros.

Sucede que cuando “se hace el proceso de consulta (previa), vamos a las comunidades, pero el Artículo 39 de la Ley 026 de la OEP, dice no es vinculante, (es decir) la comunidad niega (cualquier explotación de recursos naturales) no pueden afectar mi agua dulce, mis tierras, mis pastos para los animales, pero como la consulta no tiene carácter vinculante, prosigue en la Asamblea (Legislativa la concesión de derechos para alentar extractivismo)”, afirmó.

La Ley 026 señala que “las conclusiones, acuerdos o decisiones tomadas en el marco de la consulta previa no tienen carácter vinculante, pero deberán se considerados por las autoridades y representantes de los niveles de decisión que corresponda”.

Abierto el debate para el análisis y la evaluación legal de la consulta previa, Atahuachi echó además al ruedo internacional para la reflexión varias preguntas.

“¿Hasta dónde llega (entonces) la autodeterminación de los PIOC?, ¿Qué son los recursos estratégicos?, ¿Todos los recursos (naturales) son estratégicos?”, mencionó.

Para la autoridad es necesario que el país tenga información inequívoca que permita definir qué es un recurso estratégico nacional.

Identificó, por ejemplo, al oro. “Será que aquellos cooperativistas que están explotando oro, ¿es un recurso estratégico nacional?”, interrogó.

Para Atahuachi la explotación del oro, que diversificó prácticas que colisionan con la Ley, “ésta destrozando (ríos), (el metal) está yendo (al bolsillo de los cooperativistas que) no pagan impuestos, y de paso todavía el Estado subvenciona con el diésel (a los mineros)”.

AJAM en la mira

Durante su intervención, el vocal además echo sombras sobre el papel que juega, en la actualidad la AJAM, el Senarecom y el Ministerio de Agua y Medioambiente.

¿Cuál es el rol de las instituciones (que tienen directa relación con la consulta previa)? por ejemplo, la AJAM”, dijo en presencia de su directora nacional, Brenda La Fuente, que asistió al evento para escuchar y plantear argumentos sobre el precepto constitucional.

Observó, además, la falta de interés de otras instituciones sobre un tema vital que tiene directa relación con el fortalecimiento democrático en el Estado, como el Servicio Nacional de Registro y Comercialización de Minerales y Metales (SENARECOM), y del Ministerio de Agua y Medioambiente, ya que, las actividades extractivas están contaminando ríos y lagos como el Titicaca, levantó queja pública Atahuachi.

La consulta previa cumplió 30 años, pero se aplica desde el 2015

Otro asunto que llamó la atención fue que la consulta previa que fue dispuesta por el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2009, cumplió 30 años de vigencia en el país, sin embargo, recién desde el año 2015, el gobierno decidió aplicarlo para efectos de la otorgación o extinción de derechos mineros.

La información fue oficializada por el Vocal del TSE, Francisco Vargas con un añadido importante. Mencionó que la OEP tiene registrados 1.638 consultas previas hechas a los PIOC vinculadas con la explotación de minerales en los últimos seis años.

El evento culminará este viernes y participan representantes internacionales, todos expertos en consulta previa de varios países Latinoamericanos, además de los presidentes de los tribunales electorales departamentales (TED) de departamentos como Potosí, Oruro, y Santa Cruz, para citar algunos.

BD



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