La norma establece que por seis meses se suspenderán los embargos, remates, ejecuciones y otras medidas judiciales vinculadas a créditos de vivienda social y a préstamos de micro y pequeñas unidades económicas.
Brújula Digital||15|10|25|
La Cámara de Senadores sancionó este miércoles la Ley Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecuciones Judiciales, que difiere créditos de micro y pequeños empresarios, y la derivó al Ejecutivo para su promulgación.
La norma establece que por seis meses a partir de la promulgación se suspenderán los embargos, remates, ejecuciones y otras medidas judiciales vinculadas a créditos de vivienda social y a préstamos de micro y pequeñas unidades económicas, se informa en el primer parágrafo del artículo 2.
La propuesta normativa no implica una condonación de deudas, sino un diferimiento temporal. De esta manera, las cuotas se reprogramarán y los pagos tendrán un “periodo de gracia”.
“Las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero que operan en el territorio nacional, por el plazo de seis (6) meses, computables a partir de la publicación de la presente Ley, deben conceder un periodo de gracia automáticamente a los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e intereses, seguros comisiones y otros cargos ”, señala el artículo 3.
BD/JA