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Economía | 11/03/2022   15:28

Por decreto, operadoras deberán consultar si consumo de “megas” migra a crédito principal

El Ministro de Obras Públicas informó que se aprobó un decreto que da 180 días a las operadoras de internet para adecuar sus sistemas, para que el usuario dé su consentimiento para que el consumo de “megas” se debite de su crédito principal

El jefe de la ATT y el Ministro de Obras Públicas. Foto: MOP
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El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 4669 que prohíbe a las operadoras de internet consumir “megas” con debido al crédito principal del usuario, sin el consentimiento de éste, cuando se hayan acabado las “bolsas” o promociones de megas.

En este caso, se ordenó a las operadoras de internet adecuar sus respectivos sistemas, en un plazo de 180 días, para que el usuario no sólo reciba una notificación o aviso de la migración al cobro de su crédito principal, sino que dé la autorización o consentimiento para que se debite de su crédito, explicó el ministro de Obras Públicas, Édgar Montaño.

“Una de las operadoras por 370 megas, con tarifa de navegación directa, cobra 55,5 bolivianos, pero hay promociones y si uno compra una bolsita de éstas, esos mismos 370 megas le cuesta 3 bolivianos, ahí la diferencia”, sostuvo Montaño, cuando hizo notar la diferencia de costo que tienen las megas con una promoción o con el consumo directo del crédito principal.

“Este decreto supremo le dice las operadoras que el usuario tiene que autorizar si va a migar de la bolsa que se ha comprado de megas a su crédito principal; sin su consentimiento no puede migrar a su crédito principal para el consumo”, explicó el Ministro de Obras Públicas.

“Lo que sucede en la actualidad, se consume la bolsita de megas que se ha comprado y le manda al usuario un mensaje diciendo que se le va a acabar su bolsita y automáticamente, una vez que se acaba esta bolsita de datos, consume el crédito principal; cuando se acuerda el usuario, ya no tiene megas y se ha terminado todo su crédito, sin su consentimiento”, acotó Montaño.

BD/JJC



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