La normativa existe para ser cumplida, no para ser moldeada a conveniencia. Actuar en la "oscuridad de los pasillos" solo garantiza el desprestigio y la vulnerabilidad de nuestro fútbol ante el mundo.
Brújula Digital|31|12|2025|
Eduardo Salamanca
En días recientes, una fuente "no identificada" de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) ha difundido a la opinión pública la idea de que la ampliación a 18 equipos es "inviable por reglamentación". Sin embargo, la experiencia sugiere que esta postura podría ser una cortina de humo para ocultar acuerdos de pasillo que buscan, una vez más, forzar la norma en lugar de respetarla.
Consecuentemente, este análisis no pretende atacar a ninguna institución, sino postular que el fútbol boliviano se rija por la normativa, la ética, la integridad y la transparencia, pilares fundamentales de FIFA y Conmebol.
1. La soberanía del congreso frente a la fragilidad del consejo
El discurso de quienes pretenden evitar el descenso ya consumado omite una verdad fundamental: el número de clubes no es una decisión administrativa, es una definición estatutaria. El Artículo 21 del Estatuto de la FBF establece claramente cuantos son los clubes miembros afiliados. Hasta 2019, estos eran 14; en 2020 se elevó a 16 mediante una decisión del Consejo de la División Profesional que carecía de base legal inmediata, pues no fue aprobada por un Congreso, sino solamente validada por éste, lo que fue tardío y antijurídico.
Para que la División Profesional cuente con 18 equipos en 2026, no se puede apelar a un "Consejo de la División Profesional". El Artículo 29, numeral 1 del Estatuto FBF, es taxativo: es el Congreso el único facultado para modificar o enmendar el Estatuto. Además, el numeral 3 del mismo artículo exige una votación de 2/3 de los votos para que cualquier cambio tenga validez.
2. La inexistencia de facultades delegadas
Es imperativo desmitificar las competencias de los órganos internos. Ni el Comité Ejecutivo ni el Consejo de la División Profesional tienen facultad delegada para legislar:
El Artículo 34 (Facultades del Comité Ejecutivo) no otorga ninguna potestad para tomar decisiones que son de competencia exclusiva del Congreso.
El Artículo 40 (Consejo de la División Profesional) tampoco le confiere atribuciones delegadas para modificar el número de clubes.
Cualquier incremento a 18 equipos decidido en un Consejo sería antiestatutario. Peor aún, vulneraría el principio de equidad establecido en el Artículo 21, numeral 3, ya que una modificación de tal magnitud altera la relación con la División del Fútbol Aficionado, la cual debe dar su consentimiento obligatoriamente en el marco de un Congreso.
3. La "maniobra" de los plazos
Llama la atención la prisa por convocar a un Consejo de la División Profesional. La realidad jurídica es otra: según el Reglamento, la convocatoria a un congreso ordinario requiere 45 días de anticipación.
El Artículo 27, inciso l), especifica que es en el Congreso Ordinario donde se debe realizar el "voto sobre las propuestas de enmiendas de los estatutos". La maniobra parece clara: aprobar el incremento en un Consejo de manera mayoritaria para luego de iniciado el torneo, "presionar" a la División Aficionados en un Congreso posterior, saltándose los pasos que garantizan la transparencia deportiva.
4. La gravedad de la "validación posterior"
El Artículo 27, inciso l) del Estatuto de la FBF, es contundente al especificar que es en el Congreso Ordinario donde debe realizarse el "voto sobre las propuestas de enmiendas de los estatutos". La maniobra que se vislumbra en los pasillos parece clara: buscar una aprobación mayoritaria en el Consejo de la División Profesional para forzar el inicio del torneo con 18 equipos y luego "presionar" a la División Aficionados para una ratificación tardía e ilegal en un Congreso posterior.
Este escenario es doblemente grave y jurídicamente insostenible. Iniciar un campeonato bajo una estructura que no ha sido aprobada por los 2/3 de votos que exige el Artículo 29, numeral 3 del Estatuto de la FBF, vicia de nulidad absoluta toda la competición desde su primer minuto. La figura de la "validación posterior" o ratificación de actos nulos no existe en el Estatuto de la FBF; por el contrario, el Artículo 34 y el Artículo 40 delimitan las funciones del Comité Ejecutivo y del Consejo Profesional, prohibiéndoles usurpar funciones que no les competen y que pertenecen a la competencia exclusiva del Congreso.
Aceptar esta irregularidad abriría una "caja de Pandora" con consecuencias imprevisibles para el futuro: cualquier club que descienda deportivamente en la temporada 2026 tendría el camino libre para impugnar el torneo entero, apelando al mismo mecanismo antinormativo y argumentando que la estructura del campeonato fue ilegal desde su origen. En lugar de dar certidumbre, la FBF podría estar sembrando la semilla de una crisis permanente que pondría en entredicho la integridad de la competición ante la CONMEBOL y la FIFA.
5. Mérito deportivo vs. intereses particulares
Si se utiliza una "maniobra" para beneficiar a un club específico, se estaría enviando un mensaje nefasto a la familia del fútbol.
¿Qué valor tiene entonces el esfuerzo de Real Potosí, que ganó su derecho en cancha como campeón de la Copa Simón Bolívar?. ¿O el mérito de ABB, que defendió su permanencia en los partidos del descenso indirecto?. Si el descendido hubiese sido ABB y no un equipo con peso mediático, ¿se estaría moviendo este aparato? La respuesta parece obvia y dolorosa.
6. La falacia de los argumentos sentimentales y económicos
No existe argumento alguno que justifique la vulneración normativa de aprobar en el Consejo de la División Profesional una medida para evitar el descenso de un club específico. Resulta improcedente esgrimir que dicho club ofrezca renunciar a sus derechos de TV, o apelar al deleznable criterio de que se le ha ocasionado un daño mediante el fallo del TAS.
Tampoco es válido escudarse en la existencia de niños en divisiones inferiores que verían perjudicada su formación, o en que se afectaría la ilusión de todo un pueblo. El respeto a la formación de esos niños y el compromiso con esa hinchada no se demuestra con privilegios reglamentarios, sino con integridad.
Lo que debe suceder es que ese club, con el respaldo de su pueblo y sus hinchas, y con la obligación ante su cantera, retorne de inmediato a la División Profesional por la única vía legítima: el mérito deportivo, como Campeón de la Copa Simón Bolívar de 2026.
7. Conclusión: el riesgo del aislamiento internacional
Este asunto no solo es un problema doméstico; tiene el potencial de fracturar la estructura del fútbol boliviano ante los ojos de la Conmebol y FIFA.
Inseguridad jurídica y licencias de clubes: Los reglamentos de Licenciamiento exigen que los clubes participen en competiciones organizadas bajo estatutos legalmente constituidos. Un torneo iniciado con 18 equipos sin la reforma previa del Artículo 21 podría ser calificado como "no oficial" o "irregular".
Riesgo en competiciones internacionales: Si la estructura del torneo es nula, la clasificación de equipos a Copa Libertadores y Sudamericana podría ser impugnada por asociaciones de otros países, bajo el argumento de que los representantes bolivianos provienen de un torneo que vulneró sus propios estatutos y el principio de mérito deportivo.
Sanciones institucionales: FIFA penaliza severamente la falta de integridad en las competiciones. Forzar la norma para beneficiar a un club específico atenta contra el Código de Ética, lo que podría derivar en la suspensión de fondos de desarrollo o, en casos extremos, de la participación de nuestras selecciones en torneos internacionales.
Si el fútbol profesional boliviano requiere 18 equipos por razones técnicas o económicas, esto debe responder a una planificación estratégica para 2027, previa reforma estatutaria, estableciéndose con claridad en el Reglamento de Campeonato que, en dicho año ascenderán cuatro y descenderán dos.
Hacerlo de otra manera es actuar en la oscuridad de los pasillos, atentando contra el principio de integridad deportiva. La normativa existe para ser cumplida, no para ser moldeada a conveniencia. Actuar en la "oscuridad de los pasillos" solo garantiza el desprestigio y la vulnerabilidad de nuestro fútbol ante el mundo.
Eduardo Salamanca es abogado y afiliado a la Federación de Trabajadores de la Prensa de Cochabamba.